Para general conocimiento, en beneficio de la adecuada prestación del servicio público del cementerio, Dña. Manuela Berges Barreras Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Pedrola hace saber: Que la disposición de las flores ante las tumbas y nichos del cementerio, ya sean ramos, coronas o similares adornos, no deben cubrir más allá de la propia lápida del difunto, de forma que no se impida la visión de las lápidas anexas o colindantes. Tampoco deben impedir el normal acceso a las mismas, evitando en lo posible dejar dichos adornos en el suelo, en zonas de tránsito o de libre paso, y en todo[...]